En segundo lugar, los esfuerzos se tienen que volcar en calmar a la persona que sufrió la agresión, poder estar a la disposición de lo que la persona afectada pueda requerir y que se sienta escuchada. Para ello no se debe interrumpir su relato, ni juzgar lo que dice. "Es muy fácil en este momento que una víctima se sienta juzgada o poco entendida, por eso la escucha activa debe ser muy cuidadosa y tener en mente que lo que se busca en tener la mayor cantidad de información para ayudar a esa persona", dijo.
Como acompañante se debe tener la sensibilización de que un acto así nunca es culpa de la víctima. Grecia Macías, abogada en la Red de Defensa de los Derechos Digitales (R3d), considera que la no revictimización es el eje que dirigirá cualquier serie de acciones.
Y recuerda que es quien vive la violencia quien lleva la batuta sobre las decisiones y acciones a tomar, ya sea jurídica o emocionalmente. En ese momento se pregunta qué es lo que la víctima quiere, si busca una reparación de daño o sólo la eliminación del contenido. "No hay una única forma o correcta de hacer las cosas", afirma.
Para Macías, un acompañante no tiene la responsabilidad de contar con los conocimientos legales pertinentes, pero sí de ser claras respecto a las expectativas y posibles escenarios que una víctima puede enfrentar al optar por la vía civil o penal. "Tenemos la obligación de hablarles siempre con la mayor honestidad posible y hacerles saber que, sin importar lo que quieran, contarán con compañía", apunta.
¿Qué pasa con los centros de trabajo?
Mónica Flores, directora de Recursos Humanos de Penguin Random House, explica que, en el caso de la editorial, se aplica el Protocolo de atención a violencia, discriminación y/o acoso laboral en cuanto una colaboradora avisa que ella o alguien más fue víctima de violencia digital.
En entrevista con Expansión Mujeres, explica que el procedimiento requiere que colaboradora se acerque al Comité de Compliance, quien es el encargado de evaluar los casos a través de los medios que el protocolo indica (correo electrónico); después, el comité evalúa el caso y, de acuerdo con la gravedad, se imponen medidas al colaborador que está infringiendo violencia digital.
"Las sanciones pueden ser diversas y dependen de la situación, y de ser necesario, implican la separación inmediata del cargo del agresor", afirma.
Asimismo, el protocolo contempla la condición de que la agresión provenga de un externo, para la cual se tomarán medidas con el área legal y de IT para el proceso, luego de ofrecer asesoría legal y apoyo psicológico a la colaboradora.
"El objetivo primario es resguargar la integridad mental y física de nuestras colaboradoras", afirma Norma Godínez, directora de Recursos Humanos de Kelly, una empresa dedicada a la gestión y atracción de talento.
Respecto a los protocolos específicos cuando se trata de violencia digital, detalla que se definen matrices de escalamiento y claras políticas de uso de las redes de la compañía, así como el de las redes sociales, pues una vez al mes reciben capacitación de ciberseguridad que les facilita el conocimiento necesario para identificar en qu´é momento se es vulnerable a ser víctimas de algún delito cibernético.
La violencia digital es un delito, por lo que de inmediato toman las acciones legales correspondientes, siempre y cuando la afectada lo decida. La empresa cuenta además una política de cero tolerancia ante un colaborador que infringiera esas reglas, lo que le costaría la separación total de la empresa.